NUESTROS SERVICIOS
Las Comprobaciones registrales se realizan dentro de plaza en 24 a 48 horas y se facilitan los siguientes datos: - Descripción de la finca. - Superficie. - Titular y Escrituras. - Cargas y posibles anotaciones. - Datos Registrales Fuera de plaza, el tiempo de entrega varía según el registro de donde solicita la petición, intentando que sea con la mayor brevedad posible. Asimismo, cuando se trata de NOTA-SIMPLE, les adjuntamos con la fotocopia del Registro ( si fuera nota literal) o con la nota informatizada, una hoja con el extracto, para facilitar su lectura y comprensión. Nuestro personal se desplaza diariamente tanto a los registros de Sevilla capital, como a los Registros de la provincia, a nivel nacional contamos con corresponsales en todas
Las comprobaciones registrales se realizan dentro de plaza en 24 a 48 horas y se facilitan los siguientes datos:
- Descripción de la finca.
- Superficie.
- Titular y Escrituras.
- Cargas y posibles anotaciones.
- Datos Registrales
Fuera de plaza, el tiempo de entrega varía según el registro de donde solicita la petición, intentando que sea con la mayor brevedad posible.
Asimismo, cuando se trata de NOTA-SIMPLE, les adjuntamos con la fotocopia del Registro ( si fuera nota literal) o con la nota informatizada, una hoja con el extracto, para facilitar su lectura y comprensión.
Nuestro personal se desplaza diariamente tanto a los registros de Sevilla capital, como a los Registros de la provincia, a nivel nacional contamos con corresponsales en todas las plazas.
REGISTRO CENTRAL DE INDICES
La búsqueda en índices se realiza mediante NOMBRE, DNI o CIF, dependiendo si se trata de persona física o jurídica.
En el registro central de índices aparecen todas la propiedades que pueda tener una persona física o jurídica en cualquier Registro de la Propiedad de España, desde enero de 1985 hasta la fecha actual. Dicho Registro también nos facilita cuando algún titular tiene vendida las fincas, notificándoselo nosotros por escrito. Este servicio se está realizando en un plazo máximo de 24 a 72 horas.
Posteriormente habrá que comprobar dicha gestión en los registros de la propiedad correspondientes, para saber en que situación de cargas y demás datos se encuentra.
CANCELACIÓN DEL R.A.I. Y ASNEF.
La gestión se realiza en un plazo de unos quince días aproximadamente a partir de recibir toda la documentación necesaria para dicha cancelación.
BALANCES ANUALES DE CUENTAS
De dicha gestión se facilita el ultimo balance presentado, o el año que nos solicite de la firma.
El plazo de entrega es el mismo que el del Registro Mercantil.
INFORMES COMERCIALES
Para la obtención de este servicio nos tendrá que aportar el nombre de la Persona Física o jurídica, el domicilio de la misma, así como su DNI o CIF.
Cuando se trata de una PERSONA FÍSICA, el plazo de entrega será con la mayor brevedad posible, relacionando dentro de los mismos los datos de mayor importancia que se averigüen, como son los siguientes:
Filiación
Actividad desarrollada
Banco con los que opera
Propiedad y solvencia
Moralidad y pagos
Estos datos varían en los informes de EMPRESAS, ya que facilitan, además de los datos antes mencionados, los siguientes:
Constitución
Consejo de Administración
Proveedores
Clientes más usuales
Trabajos que realizan últimamente
Activo y Pasivo
REGISTRO MERCANTIL DE SOCIEDADES
Nuestra empresa facilita información del Registro Mercantil Central, el ámbito de dicho registro es a nivel nacional. El plazo de entrega depende del Registro Mercantil donde corresponda.
REGISTRO MERCANTIL -24 HORAS-
Este servicio nos da la oportunidad de ofrecer la siguiente información en un plazo de 24 horas, o de 2 horas en caso de urgencia, adelantándosela por fax o e-mail.
Constitución
Revocaciones
Modificaciones de poderes
Cambio de domicilio social
Cambio de denominación social
Ampliación de capital
Quiebra
Disolución
Datos registrales, etc...
Para acceder a dicha información nos deberá facilitar el CIF o el nombre de la Sociedad, todos estos datos de sociedades desde el año 1990, fecha de creación del registro.
INFORMES & GESTIÓN, garantiza que la información ofrecida se refiere exclusivamente a los datos contenidos en la base de datos del Registro Mercantil.
La sociedad, no será responsable bajo ninguna circunstancia, por cualquier tipo de daños, bien directos o indirectos, que sufra el cliente como consecuencia de la inexactitud de los datos contenidos en la base de datos del Registro Mercantil Central.
PLUSVALÍA
Ester servicio consta de cálculo y liquidación del impuesto sobre el incremento del valor del inmueble.
Se nos debe facilitar el último recibo del catastro, así como la fecha de última transmisión.
INSCRIPCION DE LEASING
Con original de contrato, hecho en el nuevo modelo expedido por el Registro de Ventas a Plazos, según ley promulgada de fecha Abril de 2001.
ERIFICACIONES REGISTRALES DE FIRMAS
La Nota Simple es el documento registral que el Registro de la Propiedad expide, con carácter informativo y redacción simple, según los términos expresados en la legislación competente, o bien la fotocopia completa de las páginas registrales de la finca determinada.
Para la conformidad de firma, en el caso de las Notas Simples, se articula un procedimiento con el fin de comunicar a la entidad financiera la fecha del último asiento, así como el título por el que se transmite, conforme a los plazos en los que el Registro facilita la información correspondiente.
Cuando de Verificaciones se trate se emplea el siguiente procedimiento: tras la primera verificación realizada, se efectuaría una segunda verificación para la firma facilitando a la entidad financiera, en su caso, la certeza y vigencia de los datos de la primera verificación.
Sin embargo, desde la aparición del Real Decreto 1.558/1.992 de 18 de Diciembre, de modificación de los reglamentos Notarial e Hipotecario sobre colaboración entre las Notarias y Registros de la propiedad para la seguridad del tráfico jurídico inmobiliario, ya derogado por el R.D.2.537/94 de 29 de Diciembre, por el que se modifican determinados artículos del reglamento Notarial e Hipotecario sobre colaboración entre Notarias y Registro de la Propiedad, para la seguridad en el tráfico jurídico inmobiliario, se establece la posibilidad de acogerse a este precepto legal, por medio del cual la Notaría puede solicitar por medio de fax nota simple de finca que se pretenda firmar con cuatro días de antelación a la firma, conociéndose en este caso la situación real de la finca, siempre que se renuncie a este derecho de información registral por facilitar el propio interesado nota simple registral o por cualquier otro motivo, según se desprende de la lectura del artículo 1-2 del mencionado Real Decreto.
Entendemos que la obtención por parte de la Notaría de la nota simple de información continuada es el sistema de trabajo más seguro y más recomendable, no obstante cabe la aplicación práctica de este sistema o de la verificación registral de firma.
MATRICULACIONES
Una vez recogida la documentación en el concesionario, los pasos a seguir son los siguientes:
Cumplimentación del impreso de matriculación y pago de la tasa.
Obtención de etiquetas si procede para el pago o la exención del impuesto especial sobre determinados medios de transporte (modelo 565), tanto de pago como exento.
Pago del impuesto de vehículos de tracción mecánica de los trimestres correspondientes, tanto en Sevilla capital como fuera de ella.
Presentación en la Jefatura Provincial de Tráfico
Dicha gestión se realiza en el mismo día. Se recogerá la documentación de la Jefatura Provincial de Tráfico, y se entregará en el concesionario con las placas si procede.
TRANSFERENCIAS
Una vez recogida la documentación de los vehículos, los pasos a seguir son los siguientes:
Cumplimentación del modelo 620 (Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados) y presentación en la Consejería de Economía y Hacienda de la calle Albareda, y posterior pago en caja según corresponda que sea de pago o exento.
Pago del impuesto de tracción mecánica del año correspondiente si no estuviera liquidado en periodo voluntario, tanto en Sevilla capital, como fuera de ella.
Introducción en el programa del colegio de gestores de los datos correspondientes para la cumplimentación del impreso de transferencia, preparación de la relación e introducción de los datos en un disquete, pago de tasa y presentación en Ilustrísimo Colegio de Gestores de Sevilla, para que procedan a realizar el PDF y transferir la documentación a la Jefatura de Tráfico
Dicha gestión suele realizarse en un plazo aproximado de 15 días, salvo problemas internos de Tráfico.
REMATRICULACIONES
Los pasos a seguir son los mismos que el trámite de la transferencia, solo que se añade el impreso en tráfico "Solicitud de nueva matrícula".
Dicha gestión se realizará en un plazo de 15 días.
BAJAS
Una vez recogida la documentación, los pasos a seguir son los siguientes:
Cumplimentación del impreso de baja.
Pago del impuesto de vehículos de tracción mecánica de los trimestres correspondientes.
Presentación en la Jefatura Provincial de Tráfico.
COMPROBACIÓN EN JEFATURA DE TRÁFICO
La gestión se efectuará con el número de matrícula y en un plazo de 24 horas, facilitándose los siguientes datos:
Propietario actual.
Domicilio donde radica el vehículo.
Modelo-Marca.
Fecha de transferencia o matriculación.
Cargas del vehículo.
OTRAS GESTIONES
La gestoría realiza otras muchas gestiones tanto de tráfico como administrativas, como duplicado de permiso de conducir, cambio de domicilio del permiso, renovación carnet de conducir, etc, todas ellas a consultar con la gestoría.